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Procesaron a los padres de crianza del nieto apropiado de Estela de Carlotto

22/03/2017
en Hoy
Procesaron a los padres de crianza del nieto apropiado de Estela de Carlotto

Fue una resolución del juez Martínez De Giorgi. Además, dispuso que Clemente Hurban y Juana Rodríguez seguirán en libertad.

Ignacio Montoya Carlotto es el nieto que buscó durante años Estela de Carlotto, la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo. Pero hasta que el estudio de ADN que se hizo en el Banco Nacional de Datos Genéticos reveló que era hijo de los desaparecidos Laura Carlotto y Walmir Oscar Montoya, el joven fue Ignacio Hurban.

Laura Carlotto había estado presa durante la dictadura en el Centro Clandestino de Detención «La Cacha», tuvo a su hijo en cautiverio y el bebé le fue quitado. Nada se supo de él hasta agosto de 2014. Ignacio Hurban había buscado conocer su verdadera identidad y por eso fue a Abuelas de Plaza de Mayo. Luego el análisis de ADN reveló que era el nieto que Estela de Carlotto había procurado encontrar durante 36 años. Ignacio Montoya Carlotto fue el nieto recuperado número 114.

Ignacio creció en un paraje rural en las afueras de Olavarría y sus padres de crianza fueron Clemente Hurban y Juana Rodríguez. Ambos fueron procesados el 15 de marzo pasado por el juez Marcelo Martínez De Giorgi por los delitos de falsedad ideológica de documento público y supresión de identidad de un menor. El procesamiento de Martínez De Giorgi se hizo extensivo también a Julio Sacher, el médico de Olavarría que firmó el certificado de nacimiento del bebé allá por junio de 1978.

El caso estuvo en manos de la jueza María Servini, quien en agosto de 2014 le comunicó a Estela de Carlotto que el análisis de ADN había determinado que finalmente su nieto había sido hallado. La jueza avanzó en la investigación, como en el resto de los casos de hijos de desaparecidos que tuvo en su juzgado, y en septiembre de 2014 llamó a indagatoria a Hurban y Rodríguez. Pero en tiempos del kirchnerismo, la indagatoria fue suspendida y la jueza recusada y apartada de la causa. En 2015 el caso pasó al juzgado de Martínez De Giorgi.

Cuando la causa judicial comenzó a moverse, Ignacio Montoya Carlotto había dicho: «Yo quisiera que ellos -sus padres de crianza- no sufran ni pasen por demasiados traumas a pesar de que sé que van a tener que declarar y participar de todo este proceso de esclarecimiento».

Como el caso comenzó en 1991 con la denuncia de Estela de Carlotto, se tramita por el viejo código de procedimiento penal y por eso Martínez De Giorgi les dictó la prisión preventiva, equivalente a un procesamiento actual. El juez mantuvo en libertad a los procesados.

En su resolución, Martínez De Giorgi señaló que «se encuentra acreditado que Hurban y Rodríguez efectivamente hicieron insertar en el acta y el certificado de nacimiento de Ignacio Montoya Carlotto datos falsos con respecto a la filiación alegada a su respecto. Por su parte, Julio Sacher intervino personalmente en el último documento mencionado en su carácter de médico y de ese modo se expidió el DNI n° 26.557.679 a nombre de Ignacio Hurban, resultando de esta forma alterados su estado civil y su identidad».

Clemente Hurban y Juana Rodríguez trabajaban en el campo «Los Aguilares» ubicado en Colonia San Miguel de Sierras Bayas, propiedad de Carlos Francisco Aguilar, quien murió en marzo de 2014. El matrimonio que crió a Ignacio Montoya Carlotto, aseguró que fue Aguilar quien les acercó un bebé que, teóricamente, su madre había dado en adopción.
En el procesamiento dictado por Martínez De Giorgi se explica cómo fueron las defensas de Hurban y Rodríguez. La resolución señala lo siguiente:

* «Clemente Hurban y Juana Rodríguez, brindaron por escrito una exposición similar entre sí. Dijeron que nunca tuvieron conocimiento de que la inscripción de Ignacio en el Registro Nacional de las Personas haya sido ilegal, porque siempre pensaron que se habían efectuado los trámites para su adopción plena y por otro lado, nunca supieron ni tuvieron motivos para sospechar que el niño que adoptaron había sido arrancado por la fuerza a su madre por agentes del terrorismo de Estado».

* «Siempre pensaron que el niño había sido dado voluntariamente en adopción por sus progenitores. Asimismo, sostuvieron que en el año 1974 se mudaron al campo de Carlos Aguilar en donde vivieron y desarrollaban tareas agrícolas y cría de ganado. Clemente Hurban además indicó que se encargaba de labores inherentes al mantenimiento de la estancia. Destacó el matrimonio que eran los únicos que vivían en el establecimiento rural y como en los primeros años de casados no habían podido concebir un hijo, algo que anhelaban, estuvieron pensando en adoptar».

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* «Que esta situación se la comentaron a su patrón Aguilar por ser persona de plena confianza y al poco tiempo, éste les comentó que conocía una madre que no quería criar a su hijo y que quería entregarlo en adopción».

* «Continuaron su descargo Hurban y Rodríguez refiriendo que meses después, Aguilar les dijo que el bebé había nacido y que tenían que ir a buscarlo a la Ciudad de La Plata, sitio a donde viajaron los tres presuntamente el día 2 de junio de 1978. Explicó el matrimonio, que arribaron a esa Ciudad por la noche, que fue Aguilar quien estacionó el automóvil, se bajó y al rato volvió con un niño, a la postre, Ignacio. Que luego y en ese mismo momento, emprendieron el viaje de retorno a la Ciudad de Olavarría. Así, en aquellos días, sostuvo además el matrimonio que fueron para Olavarría -sin indicarse domicilio alguno- en donde firmaron los papeles para la adopción del niño, pero sin comprender lo que suscribían, que les dieron un papel y les dijeron -sin precisar quién- que se presentaran en el Registro Nacional de las Personas.»

* «En este contexto, explicó el matrimonio Hurban-Rodríguez que vivían prácticamente aislados en el campo, que no tenían electricidad ni veían televisión, que únicamente se informaban a través de la radio. Que nunca tuvieron trato ni relación con personas vinculadas con las fuerzas de seguridad. Además, afirmaron que no tenían ninguna información de que existieran centros clandestinos de detención de personas y mucho menos que allí se apropiasen de los bebés de quienes habían sido torturados y a quienes luego mataban. Que esto nunca lo asociaron con Ignacio porque el matrimonio siempre pensó que sus padres biológicos lo habían entregado voluntariamente».

* «Por último, Clemente y Juana explicaron que nunca le habían dicho a Ignacio que era adoptado para que no sufriera, que les costaba decirle que había sido abandonado por su madre biológica, temían que esta noticia pudiera afectarlo y herirlo. Así y por lo explicado, Hurban y Rodríguez pidieron que se los sobresea en la causa».

El juez Martínez De Giorgi consideró probados los delitos y por eso los procesó.

Omar Lavieri
Infobae

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